{"id":368,"date":"2024-04-01T12:00:11","date_gmt":"2024-04-01T09:00:11","guid":{"rendered":"http:\/\/www.salvemostelemadrid.es\/?p=368"},"modified":"2024-04-01T12:00:43","modified_gmt":"2024-04-01T09:00:43","slug":"despolitizacion-no-gracias-la-nueva-ley-de-telemadrid-aumenta-el-control-del-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.salvemostelemadrid.es\/telemadrid-control-gobierno\/","title":{"rendered":"\u00bfDespolitizaci\u00f3n? No Gracias: La nueva Ley de Telemadrid aumenta el control del Gobierno"},"content":{"rendered":"\n
La nueva Ley de Radio Televisi\u00f3n Madrid aprobada en la Asamblea de Madrid con el voto a favor del Partido Popular y Ciudadanos y el voto en contra del PSOE y Podemos, aumenta a\u00fan m\u00e1s el control del Gobierno sobre la cadena \u2013todav\u00eda- p\u00fablica madrile\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n
La tan manida \u201cdespolitizaci\u00f3n\u201d de Telemadrid que tanto dec\u00edan defender algunos, se ha quedado en papel mojado. Basta analizar el texto que finalmente public\u00f3 el Bolet\u00edn Oficial de la Comunidad de Madrid el pasado 28 de diciembre de 2015 para comprobarlo.<\/p>\n\n\n\n
De entrada desaparece el Ente P\u00fablico Radio Televisi\u00f3n Madrid para dar paso, seg\u00fan recoge el art\u00edculo 8 de la nueva Ley, a una:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201c<\/strong>empresa p\u00fablica constituida como sociedad mercantil, con forma de sociedad an\u00f3nima<\/strong>, cuyo capital estar\u00e1 participado \u00edntegramente y de forma directa por la Comunidad de Madrid\u201d .<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
\u00bfY qui\u00e9n gobierna esta nueva sociedad an\u00f3nima? Pues su Junta General de Accionistas que est\u00e1 compuesta por:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cel Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid<\/strong>, de conformidad con lo establecido en la Ley 1\/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administraci\u00f3n Institucional de la Comunidad de Madrid\u201d ( Art\u00edculo 12.3).<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
Adem\u00e1s esta nueva Telemadrid SA:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cpodr\u00e1 constituir o participar en el capital de toda clase de entidades que adopten la forma de sociedad mercantil y cuyo objeto social est\u00e9 vinculado con las actividades y funciones de aquella, incluidas las de servicio p\u00fablico (\u2026) La adquisici\u00f3n o p\u00e9rdida de la participaci\u00f3n mayoritaria de Radio Televisi\u00f3n Madrid en el capital social de dichas sociedades requerir\u00e1 la autorizaci\u00f3n previa del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid \u201c<\/strong> ( Art\u00edculo 10.2).<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
La desaparici\u00f3n del Ente P\u00fablico y su conversi\u00f3n en una \u00fanica S.A. significa tambi\u00e9n que:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cquedan desafectados del dominio p\u00fablico los bienes y derechos que a la entrada en vigor de la presente Ley integran el patrimonio del Ente P\u00fablico de Radio Televisi\u00f3n Madrid y de las sociedades Televisi\u00f3n Autonom\u00eda Madrid, S. A. y Radio Autonom\u00eda Madrid, S. A. Tales bienes tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de patrimoniales de Radio Televisi\u00f3n Madrid, S. A.\u201d.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
Para que quede bien claro. El art\u00edculo 39.1 establece que:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cRadio Televisi\u00f3n Madrid tendr\u00e1, para el cumplimiento de sus fines, un patrimonio propio, distinto del de la Comunidad de Madrid (\u2026) La gesti\u00f3n, administraci\u00f3n, explotaci\u00f3n y disposici\u00f3n de los bienes y derechos que integran el patrimonio de Radio Televisi\u00f3n Madrid se regir\u00e1n por lo dispuesto en la presente Ley y, en su defecto, por el ordenamiento privado\u201d.<\/strong><\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
Privatizaci\u00f3n o cierre en manos del Gobierno<\/strong><\/h3>\n\n\n\n
Debe ser tambi\u00e9n en aras de esa \u201cdespolitizaci\u00f3n\u201d la raz\u00f3n por la que la Ley reduce la capacidad de control de la Asamblea de Madrid en beneficio del Ejecutivo Regional. De hecho la decisi\u00f3n de cerrar o privatizar la cadena, queda con esta Ley en manos del Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Lo deja muy claro el art\u00edculo 43:<\/p>\n\n\n\n\n\u201cOperaciones de fusi\u00f3n, escisi\u00f3n y disoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n
\n
- 1. Las operaciones de fusi\u00f3n o escisi\u00f3n de Radio Televisi\u00f3n Madrid requerir\u00e1n el acuerdo favorable del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.<\/li>\n\n\n\n
- 2. La disoluci\u00f3n de Radio Televisi\u00f3n Madrid requerir\u00e1 el acuerdo favorable del Consejo de Gobierno, o\u00edda la Asamblea de Madrid<\/strong>.<\/li>\n\n\n\n
- 3. En todos los dem\u00e1s aspectos, las operaciones de fusi\u00f3n, escisi\u00f3n y disoluci\u00f3n se realizar\u00e1n conforme a la legislaci\u00f3n mercantil que les resulte aplicable\u201d<\/li>\n<\/ul>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
El Gobierno como Autoridad Audiovisual<\/strong><\/h3>\n\n\n\n
La nueva Ley hace varias referencias a la \u201cautoridad audiovisual\u201d de la Comunidad de Madrid. Esa autoridad reca\u00eda en la anterior legislaci\u00f3n en un Consejo Audiovisual regional. Organismo suprimido por la presidenta Esperanza Aguirre el 31 de marzo de 2006. Desde entonces las competencias audiovisuales est\u00e1n en manos de\u2026 el Consejo de Gobierno de la Comunidad.<\/strong> Concretamente del Consejero de Presidenci<\/strong>a tal y como establece el art\u00edculo 1.3 del Decreto por el que se establece la estructura org\u00e1nica de la Consejer\u00eda de Presidencia, Justicia y Portavoc\u00eda del Gobierno.<\/p>\n\n\n\n
Ahora, el Consejero de Presidencia, como \u201cautoridad audiovisual\u201d tiene en sus manos el control del servicio p\u00fablico:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cdeber\u00e1 evaluar si los nuevos servicios significativos que, en su caso, se pretendan incluir se ajustan a la misi\u00f3n de servicio p\u00fablico y si alteran la competencia en el mercado audiovisual. Durante la evaluaci\u00f3n se les deber\u00e1 otorgar audiencia a los distintos interesados, y sus resultados deber\u00e1n publicarse. Adem\u00e1s, la autoridad audiovisual establecer\u00e1 un procedimiento para que se pueda solicitar su intervenci\u00f3n en caso de incumplimiento de la funci\u00f3n de servicio p\u00fablico\u201d ( Art\u00edculo 42) .<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
Y a\u00fan m\u00e1s, ser\u00e1 el Consejero de Presidencia, como \u201cautoridad audiovisual\u201d quien:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cdeterminar\u00e1 un procedimiento de control peri\u00f3dico de la financiaci\u00f3n p\u00fablica que reciba Radio Televisi\u00f3n Madrid<\/strong>, as\u00ed como las medidas de reequilibrio necesarias para que su destino sea el establecido en la presente ley.\u201d<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
Un presunto Consejo de Redacci\u00f3n<\/h3>\n\n\n\n
Dotar a Radio Televisi\u00f3n Madrid de un Estatuto y un Consejo Profesional que garantizase el derecho constitucional de los ciudadanos a recibir una informaci\u00f3n independiente, plural y democr\u00e1tica fue una reivindicaci\u00f3n hist\u00f3rica de los trabajadores de Radio Televisi\u00f3n Madrid. Luchamos por \u00e9l con todas nuestra fuerzas.<\/p>\n\n\n\n
Pero el Gobierno del Partido Popular y sus directivos se negaron a negociar incumpliendo el acuerdo de 20 de noviembre de 2004 de desconvocatoria de huelga, el propio IX Convenio Colectivo que lo incorpora en su art\u00edculo 64 y la sentencia del Juzgado de lo Social n\u00ba 29 de 18 de junio de 2009 ratificada despu\u00e9s por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su Secci\u00f3n Primera de la Sala de lo Social.<\/p>\n\n\n\n
Al final quienes lucharon por dotar a Telemadrid y Onda Madrid de un organismo independiente como el que ten\u00edan o tienen medios tan distintos como Canal 9, TV3 , RTVE , la Agencia EFE o El Pa\u00eds, pagaron con su despido en un ERE injusto e ilegal.<\/p>\n\n\n\n
Y ahora, esta reivindicaci\u00f3n clave para la independencia de la radio televisi\u00f3n p\u00fablica ha sido recogida formalmente por Populares y Ciudadanos pero vaci\u00e1ndola de contenido con una redacci\u00f3n tan absurda \u2013 y sin equivalente en ning\u00fan sitio normal- como \u00e9sta:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cEl Consejo de Redacci\u00f3n<\/strong> estar\u00e1 compuesto por 5 miembros, elegidos de forma aleatoria por el Consejo de Administraci\u00f3n.<\/strong> Con el fin de que todos los profesionales puedan implicarse en su labor y procurar as\u00ed su independencia, el Consejo rotar\u00e1 cada seis meses no pudiendo los mismos profesionales formar parte de \u00e9l, dos veces consecutivamente. 3. La condici\u00f3n de miembro del Consejo de Redacci\u00f3n ser\u00e1 incompatible con el ejercicio de cualquier cargo de elecci\u00f3n o designaci\u00f3n pol\u00edtica y con la pertenencia a \u00f3rganos de direcci\u00f3n de partidos pol\u00edticos o de organizaciones sindicales\u201d ( Art\u00edculo 27)<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
Por si quedase alguna duda, entre las funciones que fija el art\u00edculo 25 para el Director General <\/strong>est\u00e1n tambi\u00e9n:<\/p>\n\n\n\n
\n\u201cimpulsar y proponer la creaci\u00f3n del Estatuto de Redacci\u00f3n e Impulsar y mantener actualizado el Libro de Estilo de Radio Televisi\u00f3n Madrid\u201d<\/strong>.<\/p>\n<\/blockquote>\n\n\n\n
No vaya a ser que parezca que los profesionales de la informaci\u00f3n tienen alg\u00fan protagonismo e iniciativa en estos temas.<\/p>\n\n\n\n
Por cierto este descafeinado \u201cConsejo de Redacci\u00f3n\u201d de la nueva Ley, a diferencia tambi\u00e9n de lo que ocurre en las dem\u00e1s radios y televisiones, est\u00e1 formado solo por redactores, dejando fuera a otras categor\u00edas como realizaci\u00f3n, producci\u00f3n, c\u00e1maras o edici\u00f3n, claves para la informaci\u00f3n audiovisual.<\/p>\n\n\n\n
Visto lo visto, est\u00e1 claro que los madrile\u00f1os han perdido una oportunidad de oro para cambiar de ra\u00edz Radio Televisi\u00f3n Madrid y disponer del servicio p\u00fablico audiovisual plural e independiente que se merecen. Por nuestra parte tengan por seguro que seguiremos defendiendo esos principios en el convencimiento de que Otra Telemadrid es Posible .<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
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